Monday, January 28, 2013

Uniforme del Club de Conquistadores


Uniforme




Reglamento del uniforme de conquistadores
 CAPITULO 1 
Generalidades Artículo 1°El presente reglamento tiene por objetivo describir el uniforme de los Conquistadores, Aventureros y Guías Mayores, a fin de regularizar su uso, propiedad y confección.
Artículo 2° El uso correcto del uniforme es factor primordial en la buena presentaci6n individual y colectiva, contribuyendo para el fortalecimiento de la disciplina y buen concepto de la Institución delante de la opinión pública.
Artículo 3° Constituye obligación de todo Miembro del Club, velar por su uniforme y por la correcta presentación en público.
Artículo 4º El uniforme descrito en este reglamento constituye privilegio exclusivo de los Conquistadores, Aventureros y Guías Mayores. Es considerado propiedad privada.
Artículo 5° No es permitido alterar las características de los uniformes, ni sobreponerles piezas, artículos, insignias, o distintivos de cualquier naturaleza no descriptos en este reglamento
Artículo 6º Los Miembros del Club, cuando están uniformados deben comportarse dignamente, dando un ejemplo a la altura de nuestros principios.
Artículo 7º El uniforme puede ser usado sólo por el miembro regular del Club,
Artículo 8º Ocasiones en que el uniforme del club no podrá ser usado:
Antes de unirse a un Club.
Cuando está empezado en ventas para obtener ganancias de naturaleza comercial u otros propósitos ajenos a los intereses del Club.
En cualquier campaña que no sea comunitaria.
En cualquier tiempo o lugar en que su uso no sea recomendado lanzando así una imagen negativa y rebajando su dignidad,
Cuando esté incompleto.
En paseos particulares fuera del interés o recomendación del Club.
Artículo 9° El uniforme será usado en las siguientes ocasiones
En las reuniones regulares.
En las campañas evangelísticas y comunitarias.
En los desfiles e investiduras.
Cuando sea solicitado por la directiva.
En otras actividades oficiales.
Artículo 10° Ningún campamento o excursión deberá ser llevada a cabo por el Club antes de tener una identificación.
Artículo 11° Los casos omisos serán solucionados por la Organización Superior.